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Pensiones IMSS: Ley 73 vs Ley 97, diferencias y cómo saber cuál te aplica

Guía comparativa entre la pensión del IMSS bajo Ley 73 y Ley 97. Requisitos, cálculo, semanas cotizadas, modalidades y cómo maximizar tu pensión.

Por Equipo datos-publicos.mx · · Actualizado: · 12 min de lectura

¿Qué son la Ley 73 y la Ley 97?

En México existen dos regímenes de pensión del IMSS, determinados por la fecha en que el trabajador comenzó a cotizar:

  • Ley 73 (Ley del Seguro Social de 1973): aplica a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
  • Ley 97 (Ley del Seguro Social vigente): aplica a quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997.

La diferencia no es menor: cada régimen tiene reglas completamente distintas para calcular el monto de la pensión, los requisitos para obtenerla y la forma de financiamiento.

¿Cuál te aplica?

Para saber bajo qué ley te pensionarás:

  1. Ingresa a la página del IMSS: imss.gob.mx
  2. Consulta tu Reporte de Semanas Cotizadas en la sección “Servicios en línea”
  3. Revisa la fecha de tu primera cotización al IMSS
  • Si tu primera cotización fue antes del 1 de julio de 1997Ley 73
  • Si tu primera cotización fue a partir del 1 de julio de 1997Ley 97

Nota importante: si empezaste a cotizar antes de 1997 pero dejaste de trabajar y volviste a cotizar después, sigues siendo de Ley 73 siempre que hayas conservado tus derechos o que puedas acreditar semanas previas a esa fecha.

Comparativa general

ConceptoLey 73Ley 97
Aplica aCotizantes antes del 1 julio 1997Cotizantes desde 1 julio 1997
Semanas mínimas500825 (2026) → hasta 1,000
Cálculo de pensiónPromedio salarial últimos 5 añosSaldo acumulado en AFORE
Quién pagaGobierno federal (IMSS)Recursos del trabajador (AFORE)
Pensión mínima garantizada1 salario mínimo$6,869 MXN/mes (2026)
ModalidadesCesantía o vejezRetiro programado o renta vitalicia
AguinaldoSí (1 mes de pensión)Depende de la modalidad
Incremento anualSegún inflación (INPC)Según rendimiento de la AFORE o aseguradora

Pensión bajo Ley 73

Requisitos

Para pensionarte bajo Ley 73, necesitas:

  • Mínimo 500 semanas cotizadas ante el IMSS (aproximadamente 10 años).
  • Tener al menos 60 años para pensión por cesantía en edad avanzada, o 65 años para pensión por vejez.
  • Estar dado de baja del IMSS al momento de solicitar la pensión (o tener el periodo de conservación de derechos vigente).

¿Cómo se calcula la pensión?

La pensión bajo Ley 73 se calcula con base en:

  1. Salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente los últimos 5 años de trabajo formal).
  2. Número total de semanas cotizadas: a mayor número de semanas, mayor porcentaje del salario promedio recibes.
  3. Edad al momento de la pensión: si te pensionas a los 60 años recibes menos que si esperas a los 65.

Tabla de porcentajes por edad (Ley 73)

EdadPorcentaje del salario promedio
60 años75%
61 años80%
62 años85%
63 años90%
64 años95%
65 años100%

Ejemplo de cálculo (Ley 73)

Supongamos que Juan tiene:

  • 1,200 semanas cotizadas
  • Salario promedio de las últimas 250 semanas: $18,000 MXN mensuales
  • Se pensiona a los 65 años

Su pensión sería el 100% de la cuantía básica más incrementos por semanas adicionales a las 500. Con 1,200 semanas y el salario indicado, su pensión mensual podría ser de aproximadamente $14,000 a $16,000 MXN, dependiendo del grupo salarial en el que caiga.

Tope de pensión Ley 73: la pensión máxima es de aproximadamente 25 veces la UMA mensual (alrededor de $85,190 MXN en 2026), aunque en la práctica muy pocos trabajadores alcanzan ese tope.

Estrategia clave: el salario de los últimos 5 años

Dado que la pensión se calcula sobre el promedio salarial de las últimas 250 semanas, muchos trabajadores de Ley 73 buscan que su salario registrado ante el IMSS sea lo más alto posible durante sus últimos 5 años laborales. Esto es legal siempre que refleje un salario real.

Pensión bajo Ley 97

Requisitos (con reforma 2020)

La reforma de 2020 modificó gradualmente los requisitos de la Ley 97:

Año de pensiónSemanas mínimas requeridas
2021750
2022775
2023800
2024800
2025825
2026825
2027850
2031 en adelante1,000

Además, debes tener al menos 60 años (cesantía) o 65 años (vejez).

¿Cómo se calcula la pensión?

Bajo Ley 97, tu pensión depende del saldo acumulado en tu cuenta individual de AFORE. Este saldo incluye:

  • Aportaciones del patrón: retiro (2%), cesantía en edad avanzada y vejez (3.150% → gradualmente hasta 13.875% con la reforma 2020).
  • Aportaciones del trabajador: 1.125% del salario.
  • Aportación del gobierno: cuota social.
  • Aportaciones voluntarias: lo que tú deposites adicionalmente.
  • Rendimientos: lo que la AFORE genera invirtiendo tu dinero.

Modalidades de pensión Ley 97

Al pensionarte, puedes elegir entre:

1. Renta vitalicia

  • Entregas tu saldo de AFORE a una aseguradora.
  • La aseguradora te paga una pensión fija mensual de por vida.
  • La pensión se ajusta anualmente por inflación.
  • Si falleces, tus beneficiarios reciben una pensión por un tiempo determinado.

2. Retiro programado

  • Tu dinero se queda en la AFORE.
  • La AFORE te paga una pensión mensual calculada con base en tu saldo y esperanza de vida.
  • La pensión puede variar cada año según los rendimientos.
  • Si tu saldo se agota, recibes la pensión mínima garantizada.
  • Si falleces y queda saldo, lo heredan tus beneficiarios.

Pensión mínima garantizada (reforma 2020)

Si tu saldo de AFORE no alcanza para una pensión digna, el gobierno complementa con la pensión mínima garantizada:

  • En 2026, esta pensión es de aproximadamente $6,869 MXN mensuales (varía según las semanas cotizadas y la edad).
  • La reforma de 2020 mejoró significativamente este monto, que antes era de solo 1 salario mínimo.
  • Se calcula con una fórmula que considera las semanas cotizadas (entre 825 y 1,000) y la edad del trabajador.

¿Cuánto hay en tu AFORE?

Para consultar tu saldo:

  1. En línea: ingresa al portal de tu AFORE (Profuturo, XXI Banorte, Citibanamex AFORE, SURA, Principal, etc.).
  2. App CONSAR: descarga la app de la CONSAR para consultar tu saldo y comparar rendimientos entre AFOREs.
  3. Estado de cuenta: tu AFORE envía un estado de cuenta cuatrimestral (enero-abril, mayo-agosto, septiembre-diciembre).

Saldo promedio de cuentas AFORE en México

Según datos de la CONSAR, el saldo promedio de las cuentas individuales varía enormemente:

Rango de edadSaldo promedio estimado
25-35 años$50,000 - $150,000 MXN
36-45 años$200,000 - $500,000 MXN
46-55 años$400,000 - $1,000,000 MXN
56-65 años$600,000 - $1,500,000 MXN

Estos son promedios orientativos. Tu saldo real depende de tu historial salarial, semanas cotizadas, aportaciones voluntarias y rendimientos.

¿Puedo mejorar mi pensión?

Si eres Ley 73

  • Trabaja al menos 5 años más con el salario más alto posible registrado ante el IMSS.
  • Acumula más semanas: cada semana adicional a las 500 aumenta tu pensión.
  • Espera a los 65 años si puedes: la diferencia entre pensionarte a los 60 y a los 65 es del 75% al 100%.
  • Verifica tus semanas cotizadas: asegúrate de que el IMSS tiene registradas todas tus semanas. Puedes solicitar la corrección si faltan.

Si eres Ley 97

  • Haz aportaciones voluntarias a tu AFORE: son deducibles de impuestos (hasta 10% de tu ingreso o 5 UMA anuales).
  • Elige la mejor AFORE: compara rendimientos netos en la página de la CONSAR. Un punto porcentual de diferencia en rendimiento puede significar cientos de miles de pesos más al retirarte.
  • No retires tu AFORE prematuramente: los retiros parciales por desempleo o matrimonio reducen tu saldo final.
  • Considera un Plan Personal de Retiro (PPR): complementa tu AFORE con ahorro adicional en instrumentos financieros.

Preguntas frecuentes

¿Puedo elegir entre Ley 73 y Ley 97?

No. El régimen se determina por la fecha de tu primera cotización. Sin embargo, los trabajadores de generación de transición (que empezaron antes de 1997) pueden elegir pensionarse bajo Ley 73 o Ley 97, lo que les resulte más favorable. En la práctica, casi siempre conviene Ley 73.

¿Qué pasa con mi AFORE si soy Ley 73?

Si eres Ley 73 y te pensionas bajo ese régimen, tu saldo de AFORE se te entrega en una sola exhibición (retiro total). Es decir, además de tu pensión mensual del IMSS, recibes el dinero acumulado en tu AFORE como un pago único.

¿Puedo seguir trabajando después de pensionarme?

Sí. No hay impedimento legal para trabajar después de obtener tu pensión. Si trabajas formalmente, seguirás cotizando al IMSS, pero esto ya no incrementará tu pensión de Ley 73. En Ley 97, las nuevas aportaciones van a una subcuenta diferente.

¿Qué pasa si no alcanzo las semanas mínimas?

  • Ley 73: si no tienes 500 semanas, no puedes pensionarte. Puedes retirar tu saldo de AFORE en una sola exhibición al cumplir 65 años.
  • Ley 97: si no alcanzas las semanas requeridas, retiras tu saldo de AFORE y no recibes pensión. La reforma de 2020 creó una opción de negativa de pensión con devolución del saldo al cumplir 65 años.

¿La pensión del IMSS es compatible con la Pensión del Bienestar?

Sí. Desde 2024, las personas mayores de 65 años pueden recibir tanto su pensión del IMSS como la Pensión del Bienestar ($6,000 MXN bimestrales en 2026), ya que son programas independientes.

Resumen

ConceptoLey 73Ley 97
Fecha de inicio de cotizaciónAntes del 1 julio 1997Desde 1 julio 1997
Semanas mínimas500825 (2026)
Edad mínima60 (cesantía) / 65 (vejez)60 (cesantía) / 65 (vejez)
Base de cálculoPromedio salarial 5 añosSaldo en AFORE
Pensión mínima1 salario mínimo~$6,869 MXN/mes
AFORE al pensionarseSe entrega en una exhibiciónSe usa para la pensión

Esta guía es informativa y no constituye asesoría financiera ni legal. Para un cálculo personalizado de tu pensión, consulta a un asesor certificado o acude a tu AFORE. Los montos y requisitos pueden cambiar conforme a reformas legislativas.