¿Qué es el alta patronal?
El alta patronal es el registro obligatorio que debe realizar toda persona física o moral que contrate al menos un trabajador subordinado. A través de este trámite, el patrón se inscribe ante el IMSS y obtiene su Número de Registro Patronal (NRP), indispensable para cumplir con las obligaciones de seguridad social.
De acuerdo con la Ley del Seguro Social, el patrón tiene un plazo máximo de 5 días hábiles a partir de la fecha de contratación del primer trabajador para realizar este registro. El incumplimiento puede generar multas y recargos.
¿Quiénes deben darse de alta?
- Personas morales (empresas, sociedades) que contraten empleados.
- Personas físicas con actividad empresarial que tengan trabajadores a su cargo.
- Personas físicas que contraten trabajadores del hogar (desde 2019, es obligatorio inscribirlos en el IMSS).
Requisitos para el alta patronal
Personas morales
- Acta constitutiva de la empresa (escritura pública).
- Poder notarial del representante legal.
- RFC de la empresa con cédula de identificación fiscal.
- Comprobante de domicilio fiscal (no mayor a 3 meses).
- Identificación oficial del representante legal (INE o pasaporte).
- CURP del representante legal.
- Constancia de Situación Fiscal del SAT.
- Croquis de localización del centro de trabajo.
Personas físicas
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte).
- RFC con cédula de identificación fiscal.
- CURP.
- Comprobante de domicilio fiscal reciente.
- Constancia de Situación Fiscal del SAT.
- Croquis de localización del centro de trabajo.
Proceso en línea a través de IDSE
El IMSS ofrece la posibilidad de realizar el alta patronal a través del sistema IMSS Desde Su Empresa (IDSE). Los pasos son:
- Ingresa al portal de IDSE en idse.imss.gob.mx.
- Si es la primera vez, utiliza tu e.firma (firma electrónica del SAT) para autenticarte.
- Completa el formulario de registro patronal con los datos de la empresa o persona física.
- Adjunta los documentos digitalizados requeridos.
- Envía la solicitud y conserva el acuse de recibo electrónico.
- El IMSS asignará tu Número de Registro Patronal (NRP) en un plazo de 1 a 5 días hábiles.
Proceso presencial
- Acude a la subdelegación del IMSS que corresponda a tu domicilio fiscal.
- Solicita el formato AFIL-01 (Aviso de Inscripción Patronal) y llénalo con los datos de tu empresa.
- Entrega los documentos originales y copias para cotejo.
- El IMSS te entregará la Tarjeta de Identificación Patronal con tu NRP.
Obligaciones del patrón registrado
Una vez dado de alta, el patrón adquiere las siguientes obligaciones:
- Inscribir a cada nuevo trabajador dentro de los 5 días hábiles siguientes a su contratación.
- Calcular y pagar las cuotas obrero-patronales bimestralmente.
- Presentar la Declaración Anual de la Prima de Riesgo de Trabajo (en febrero de cada año).
- Informar al IMSS sobre modificaciones salariales, bajas de trabajadores y cambios de domicilio.
- Llevar registros de nómina y control de asistencia.
Consecuencias del incumplimiento
No registrarse como patrón ante el IMSS puede resultar en multas de 20 a 350 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de la obligación de pagar las cuotas retroactivas con recargos. En casos graves, el IMSS puede realizar visitas de verificación y determinar créditos fiscales.
Preguntas frecuentes
¿Puedo tener más de un registro patronal?
Sí. Si tienes varios centros de trabajo o actividades económicas distintas, puedes (y en algunos casos debes) tener un registro patronal por cada uno.
¿Qué pasa si ya no tengo trabajadores?
Si dejas de tener empleados, debes presentar un aviso de baja patronal ante el IMSS. Tu registro permanece en los sistemas, pero queda sin movimientos activos.